La Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación es dentro del Sistema Nacional de Control y Evaluación de la Gestión Pública, la instancia de vinculación de los Órganos de Control y Evaluación de la Gestión Pública del Gobierno Federal, de los Gobiernos Estatales y del Distrito Federal que promueve la implementación de modernos esquemas, instrumentos, mecanismos de control, verificación y evaluación de la Gestión Pública; una eficaz vigilancia en el manejo y aplicación de los recursos públicos, con criterios de probidad, transparencia y rendición de cuentas a la ciudadanía; así como, la aplicación de sanciones a los servidores públicos que incurran en responsabilidades.
El “Concurso Nacional Transparencia en Corto” tiene como objetivo brindar un espacio de expresión que promueva la participación activa de los jóvenes sobre la cultura de la transparencia y rendición de cuentas como mecanismos de combate a la corrupción a través de un concurso de cortometrajes que busca impulsar la creatividad, interés e iniciativa.
Los datos personales que recabamos de las y los participantes, además de conformar una base de datos para difusión de información de la Comisión, servirán para establecer contacto durante el proceso de selección y premiación; posteriormente formará parte de la base de datos antes mencionada para contacto futuro en el marco de futuras ediciones del premio y/o envío de información relacionada. No serán en ningún caso objeto de transferencia entre los miembros y/o participantes de este o cualquiera de los eventos que la Comisión realice.
En todo momento las y los participantes registrados podrán revocar el consentimiento que ha otorgado para el tratamiento de sus datos personales, a fin de que se deje de hacer uso de los mismos. Para ello, es necesario que envíe su solicitud al correo:
contacto@cpcef.net
Su petición deberá ir acompañada de la siguiente información: nombre completo, breve texto donde se haga referencia de manera textual a la solicitud formal de revocación de uso de datos personales.
Lo anterior con fundamento en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.